Pago único o capitalización del paro

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Si estás pensando en abrir tu propio negocio y tienes derecho a la prestación por desempleo (paro) deberías saber que puedes obtener en un único pago todo lo que te corresponda de prestación con el propósito de invertirlo en la puesta en marcha del negocio.

El SEPE ofrece diferentes posibilidades para capitalizar el paro que veremos con detenimiento en este artículo.

Nuevas opciones para emprendedores

Los grandes cambios en las opciones de capitalizar el desempleo para financiar negocios fueron introducidos en el año 2015, a través de la Ley 31/2005.

El objetivo de la citada norma era establecer un escenario para trabajadores desempleados que hubieran generado derecho a percibir una prestación contributiva, que fuera propicio al autoempleo y el trabajo autónomo. Es decir, establecer condiciones que facilitasen el tránsito hacia el autoempleo e incluso la compatibilización de la prestación y el trabajo autónomo.

Así, la norma introdujo la novedad de poder cobrar la prestación y darse de alta como autónomo, asegurando de esa forma un ingreso fijo al emprendedor mientras el negocio arrancaba y empezaba a generar beneficios. El autónomo podrá cobrar la prestación a la vez que trabaja por cuenta propia durante un máximo de 9 meses.

Por otro lado, también es posible iniciar actividad como autónomo y solicitar al SEPE que suspenda el derecho a la prestación durante un máximo de 1 año. Si en ese periodo la aventura del autoempleo no tuviera buen término y el negocio se haya cerrado, siempre existe la posibilidad de recuperar la citada prestación por desempleo.

Respecto al pago único de la prestación, la norma introdujo 3 posibilidades:

– Solicitar todo el importe restante de la prestación para invertir en el negocio

– Solicitar que el SEPE se responsabilice del abono de las cuotas de autónomo a la Seguridad Social

– Solicitar una combinación de la dos opciones anteriores

Pago único para financiar el negocio

La primera de las opciones citadas, la solicitud del pago único de la prestación para financiar la puesta en marcha del negocio es una vía muy interesante para obtener la inversión necesaria para iniciar la actividad.

El periodo mínimo de derecho a prestación contributiva para poder solicitar el pago único es de 3 meses. Es decir, si tienes derecho a 3 ó más meses de paro, puedes pedir su capitalización en un único pago.

Recuerda, la capitalización solo es posible con la prestación contributiva (paro) no con otras prestaciones por desempleo, como subsidio, RAI, PREPARA, PAE…

El destino del pago único puede ser para las siguientes finalidades:

– Iniciar actividad como trabajador autónomo, destinando el pago a la inversión inicial

– Incorporarse a una sociedad laboral o cooperativa, nueva o ya existente

– Creación de una sociedad mercantil (anónima, limitada, etc.)

El recurso más empleado es el primero, la persona desempleada que decide invertir su prestación en un negocio como autónomo, así que nos centramos en esta figura.

Como hemos visto, en estos casos se puede obtener toda la prestación restante e invertirla en el negocio de nueva creación, solicitar que el SEPE se encargue de pagar las cuotas mensuales de autónomo o una combinación de las dos anteriores.

Qué se puede financiar

Respecto a dónde se invertirá el pago único de la prestación, el SEPE establece una relación de elementos patrimoniales del negocio que pueden financiarse con cargo a esta partida:

– Elementos del inmovilizado (activos fijos): instalaciones, locales, maquinaria, traspaso de negocios, etc.

– Activo circulante: materias primas, mercadería, fondo de maniobra, etc.

– Gastos iniciales de la puesta en marcha del negocio: licencias municipales, estudios, proyectos, tasas, etc.

Cómo solicitarlo

Para solicitar el pago único de la prestación, en cualquiera de sus modalidades deberás:

– Cumplimentar y presentar ante el SEPE el formulario de solicitud del pago único, que puedes descargar desde este enlace.

– Una Memoria descriptiva del negocio para cuya financiación se solicita el pago único. Esta memoria (que no es necesaria si solo se solicita el abono de las cuotas de la Seguridad Social) debe tener un contenido mínimo:

o Descripción de la actividad a desarrollar

o Datos del local donde se desarrollará la actividad: tamaño, ubicación, precio, régimen de explotación, etc.

o Forma jurídica de la empresa: autónomo, sociedad mercantil, cooperativa, etc.

Fecha prevista de inicio de actividad. Aquí es muy importante recordar que no puedes darte de alta de autónomo hasta que no te hayan concedido el pago único. Por tanto, la fecha prevista siempre debe ser posterior a la fecha de solicitud de la capitalización.

Facturas proforma o presupuestos del destino previsto de la financiación.

Es muy importante recalcar que no debes gestionar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes de solicitar la capitalización. Si ya estás de alta como autónomo, el SEPE denegará automáticamente la solicitud.

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