Publicada la convocatoria de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía

convocatoria FPE 2016
Hoy 7 de junio de 2016 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de cursos de Formación Profesional para el empleo, dirigidos a desempleados y trabajadores. Igualmente, se publica la Orden 2 de junio de 2016 por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo y se realiza la convocatoria para este año.

Tras más de 4 años sin formación profesional dirigida a desempleados en Andalucía (desde la convocatoria de 2011) y bajo el espectro de los actuales procesos judiciales vinculados a los ERE’s y los cursos de formación, vuelven a convocarse para 2016 el proceso de concesión de subvenciones para impartir acciones formativas dirigidas a desempleados y trabajadores y los programas de formación en alternancia con el empleo.

Era una convocatoria esperada y previsible, después de que hace unos meses la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, garantizase que se publicaría antes de que finalizase el mes de mayo.

En ambos casos, FPE y programas de ET/CO/TE, la convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, por lo que se establecerá una prelación en las solicitudes en base a la puntuación que obtengan en los diferentes criterios de valoración que la normativa establece.

Convocatoria de Escuelas Talles, Casas de Oficios y Talleres de Empleo

Los programas de formación en alternancia con el empleo tienen como objetivo mejorar la cualificación de la población desempleada y ofrecerle nuevas oportunidades de inserción laboral a través de la capacitación profesional en contextos reales de trabajo.

Las Escuelas Taller y Casas de oficios tendrán como beneficiarios a jóvenes desempleados menores de 25 años, con una duración que oscila entre un año (en el caso de las Casas de Oficios) hasta los 2 años (periodo máximo de ejecución de las Escuelas Taller).

Constarán de una primera fase formativa, de 6 meses de duración, seguida de una fase de formación en alternancia con el empleo.

Durante esta segunda fase, los alumnos-trabajadores serán contratados bajo la modalidad del contrato para la formación y el aprendizaje, y percibirán un salario correspondiente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional

Por su parte, los Talleres de Empleo son programas mixtos de formación y empleo dirigidos a población desempleada mayor de 25 años, con una duración máxima de 1 año. En este caso, la contratación se realiza desde el primer día de ejecución del proyecto, y el salario asociado es de 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

Los proyectos podrán estar promovidos por corporaciones locales, consorcios y entidades de derecho público así como por Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro con sede en Andalucía. Más información en este enlace.

Convocatoria de cursos de Formación Profesional para el Empleo

La nueva convocatoria de cursos dirigidos prioritariamente a personas desempleadas y trabajadores ocupados hace especial hincapié en la figura de los Certificados de Profesionalidad como base para la organización y estructuración de las acciones formativas a impartir.

Se establece un plazo de seis meses para que la administración laboral resuelva las solicitudes de concesión de subvenciones, que se realizará por el régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que se financiará solo aquellas solicitudes que obtengan las puntuaciones más altas en la baremación de los criterios de valoración establecidos por la norma.

En todo lo relativo al proceso de solicitud, requisitos, condiciones y procedimiento de gestión de los expedientes administrativos, la convocatoria se remite a la regulación establecida por la Orden 5 de octubre de 2015.

a) Acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras ocupadas

De las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, el 20% podrá ser cubierto por personas desempleadas. La formación podrá ser presencial o por la modalidad de teleformación.

Sobre la base de los Certificados de profesionalidad, se prevé que se realice una programación modular, a efectos de poder completar la programación formativa y adquirir las unidades de competencia asociadas a cada certificado de profesionalidad.

b) Acciones formativas dirigidas a personas desempleadas

En este caso, las acciones formativas se dirigen exclusivamente a población desempleada, cuyo porcentaje de participación debe ser del 100%.

Igualmente, la formación podrá impartirse en la modalidad presencial o por teleformación. Se fomentará la integración de la formación a impartir en el Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales, y podrán ser subvencionados, de forma individualizada, módulos concretos, integrados en certificados de profesionalidad vigentes, que se establezcan en las resoluciones de convocatoria.

Más información sobre la convocatoria en este enlace.

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